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portada Valoración del comportamiento de las partes en el proceso (in Spanish)
Type
Physical Book
Publisher
Language
Spanish
Pages
248
Format
Paperback
Dimensions
22.9 x 15.2 x 1.3 cm
Weight
0.34 kg.
ISBN13
9789807561082

Valoración del comportamiento de las partes en el proceso (in Spanish)

Jorge I. González Carvajal (Author) · Editoral Rvlj · Paperback

Valoración del comportamiento de las partes en el proceso (in Spanish) - González Carvajal, Jorge I.

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£ 15.14

  • Condition: New
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Synopsis "Valoración del comportamiento de las partes en el proceso (in Spanish)"

La valoración judicial del comportamiento de las partes dentro del proceso ha adquirido en los últimos tiempos un importante lugar en los estudios de derecho procesal. Particularmente desde una perspectiva probatoria la conducta de las partes ha alcanzado una notoriedad en cuanto a su relación con el llamado deber de buena fe procesal o también conocido como principio de moralidad procesal. En este sentido, se afirma que la conducta procesal de las partes que contraríe los imperativos abiertos e indeterminados que se deducen de la buena fe y moralidad procesal (entre ellos la colaboración), puede llegar a transformarse en elemento de convicción para que el juez decida el fondo de la causa, bien como elemento corroborante de prueba o como un elemento suficiente para la acreditación-desacreditación de los hechos controvertidos, participando, además, en la categoría de sanción a la parte que no colabora con la búsqueda de la justicia y la verdad. En atención al poder general que se le otorga al juez, bien por vía normativa (norma expresa) o bien por vía de construcción de normas (inexpresas). Todo esto, a nuestro parecer, bajo una falta de rigor y racionalidad en cuanto al contexto donde se utiliza este tipo de tesis: el proceso. Para desarrollar las ideas que nos convocan creemos necesario señalar qué entendemos por proceso, pues de ello dependerá la línea argumentativa de esta monografía. Así pues, entendemos que el proceso es método, específicamente un medio pacífico de debate dialéctico entre dos antagonistas en perfecto pie de igualdad (para descartar el uso de la fuerza) ante un tercero (que, como tal, es impartial, imparcial e independiente) que heterocompondrá el litigio si es que no se disuelve por alguna de las vías posibles de autocomposición. La idea dialéctica del proceso como medio o método de debate, permite una claridad previa para iniciar una discusión sobre temas controversiales. La prueba es uno de esos temas, más aun cuando se la relaciona con la conducta de las partes dentro de este método (el proceso). Sin desconocer que el proceso genera una relación jurídica (von Bülow), así como también situaciones jurídicas (Goldschmidt), decir que el proceso es un método de debate dialéctico, en el sentido antes enunciado, permite una claridad previa para su estudio. Como método se manifiesta con rigor y para que siga siendo lo que está llamado a ser debe observar principios. Para que el proceso pueda ser identificado como una categoría jurídica única e irrepetible de cualquier otra forma que exista de solucionar conflictos, se hace menester formular principios necesarios para lograrlo (lo que) implica tanto como trazar líneas directivas fundamentales que deben ser imprescindiblemente respetadas para lograr el mínimo de coherencia que supone todo sistema. La buena fe procesal, entendida como principio (principio de moralidad procesal), es a menudo justificada desde un concepto más amplio de buena fe, fundamentalmente desde aquel concepto del derecho privado e incluso, como una máxima que debe gobernar todo tipo de relación jurídica; por ejemplo señala Chiovenda que lo mismo que cualquier relación jurídica o social, la relación procesal debe ser regida por la buena fe. Sobre el principio de moralidad o buena fe procesal nos vamos a detener en el desarrollo del texto teniendo en cuenta lo manifestado en esta introducción y su relación con un tema incluido en la prueba procesal. En específico, con el valor probatorio o de convicción de la conducta procesal de las partes cuando desde normas generales es considerada contraria al principio de moralidad (al deber de buena fe procesal, probidad, lealtad, deber de decir la verdad o deber de veracidad, etc.) infiriéndose, total o parcialmente de la conducta de una de las partes, alguna consecuencia determinante de la prueba o del resultado del proceso...

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The book is written in Spanish.
The binding of this edition is Paperback.

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